Asesoría en cumplimiento tributario conectada con las prácticas de corporativo, M&A y delitos económicos.

Preparación para fiscalizaciones del SII, tasaciones del Artículo 64 y norma general antielusiva.

Cumplimiento tributario

Cumplimiento Tributario en Chile

El cumplimiento tributario es la disciplina que asegura que la empresa pague sus tributos en forma oportuna y correcta, con políticas, controles y documentación capaces de soportar fiscalizaciones del SII y litigios ante el TTA. En el estudio asesoramos en materias tributarias conexas a operaciones corporativas, M&A y trabajos de compliance, coordinadas con nuestras prácticas de corporativo, delitos económicos y gobierno corporativo.

Panorama regulatorio

Cuatro anclajes legales que definen el cumplimiento tributario chileno tras la reforma de 2024.

El marco tributario chileno cambió de forma estructural en 2024. La Ley 21.713 amplió las facultades fiscalizadoras del SII y reencuadró la relación con el contribuyente; la Ley de Delitos Económicos (21.595) elevó ciertos delitos tributarios a delitos base de la Ley 20.393; y el SII aplica con mayor frecuencia la Norma General Antielusiva (NGA). Hoy los directorios y comités de auditoría requieren un programa tributario técnicamente sólido y coordinado con el compliance corporativo.

Código Tributario (DL 830)

Reglas fundamentales: procedimiento tributario, facultades de fiscalización, sanciones, NGA (Artículo 4 bis), tasaciones del Artículo 64 y régimen de devoluciones.

Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824)

Clasificación de rentas, régimen de atribución / integración parcial, gastos deducibles, precios de transferencia (Artículo 41 E) y tributación internacional.

Ley 21.713 (reforma 2024)

Reforma de cumplimiento tributario: ampliación de facultades de fiscalización, régimen de revelación voluntaria, regularización de deuda tributaria y modernización del SII.

Ley 21.595 (Delitos Económicos)

Delitos tributarios promovidos a delitos base de la Ley 20.393, con responsabilidad penal de la persona jurídica.

Bloques de un programa de cumplimiento tributario

Seis componentes operativos anclados en la práctica chilena actual.

  1. Gobernanza tributaria y roles

    Definir con claridad la responsabilidad de la función tributaria (CFO, jefe de impuestos, comité de auditoría), el ciclo de reporte al directorio y los protocolos de escalamiento para posiciones materiales.

  2. Documentación de posiciones

    Papeles de posición tributaria, contratos intercompañía, estudios de precios de transferencia y evidencia contemporánea de la racionalidad económica; constituyen la defensa principal frente a contingencias NGA o del Artículo 64.

  3. Controles de partes relacionadas

    Controles de aprobación y de precios para operaciones con partes relacionadas, integrando el estudio de precios de transferencia y validando los valores de mercado con referencias independientes.

  4. Expediente para fiscalización

    Documentación previamente armada y lista para responder a los requerimientos estándar del SII: antecedentes societarios, conciliaciones contables, respaldo intercompañía y evidencia de elegibilidad para devoluciones.

  5. Coordinación con compliance penal

    Mapear los delitos base tributarios, integrar la función tributaria al modelo de prevención de delitos (MPD) y unificar los protocolos de investigación frente a alertas.

  6. Estrategia litigiosa

    Matriz de decisión entre litigio ante el TTA y resolución administrativa, uso del régimen RAV, criterios de transacción y memo defensivo prelitigio alineado con el expediente de fiscalización.

Riesgo y exposición

Cinco capas de responsabilidad cubiertas por un programa integrado de cumplimiento tributario.

Exposición por capas

  • Administrativa: ajustes tributarios, multas e intereses bajo el Código Tributario; pérdida de devoluciones y exclusión del régimen Pyme / Pro-Pyme.
  • Judicial: litigios ante el TTA, con apelación a la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema.
  • Penal: delitos tributarios con responsabilidad de la persona jurídica bajo la Ley 20.393 tras la Ley 21.595.
  • Contratación pública: la exclusión del registro de contribuyentes bloquea licitaciones del Estado.
  • Reputacional: las resoluciones del SII son públicas y frecuentemente citadas por analistas y agencias clasificadoras.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el cumplimiento tributario?

El cumplimiento tributario es la disciplina que asegura que la empresa pague sus tributos en forma oportuna y correcta, con políticas, controles y documentación que permitan responder a fiscalizaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) y a la jurisprudencia administrativa y judicial. Cubre impuesto a la renta, IVA, impuestos territoriales, retenciones, precios de transferencia y la nueva norma general antielusiva.

¿Por qué se ha vuelto un foco regulatorio en Chile?

La Ley 21.713 de 2024 (cumplimiento tributario y reforma) y la Ley 21.453 (intercambio internacional de información), sumadas al refuerzo de la Norma General Antielusiva del Artículo 4 bis y del Artículo 64 del Código Tributario, ampliaron las facultades de fiscalización del SII y de los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA). El estándar exigible a directorios y comités de auditoría subió de forma considerable.

¿Cómo se relaciona con el compliance penal de la Ley 20.393?

Tras la Ley 21.595 de Delitos Económicos, ciertos delitos tributarios integran el catálogo de delitos base de la Ley 20.393 y gatillan responsabilidad penal de la persona jurídica. Por eso conviene coordinar el programa tributario con el modelo de prevención de delitos (MPD), en especial en operaciones complejas, reorganizaciones y transacciones con partes relacionadas.

¿Qué es la norma general antielusiva (NGA)?

Es la regla del Artículo 4 bis y siguientes del Código Tributario que faculta al SII a recalificar actos jurídicos cuando su forma no corresponde a su sustancia económica y se configura abuso o simulación. Su aplicación requiere autorización del TTA y un procedimiento contencioso. Desde 2024, el SII invoca la NGA con mayor frecuencia y las empresas deben conservar evidencia sólida de la racionalidad económica de cada operación.

¿Qué exige el Artículo 64 del Código Tributario?

El Artículo 64 faculta al SII a tasar el valor de bienes y operaciones cuando este resulta notoriamente inferior al corriente en plaza, sobre todo en transacciones con partes relacionadas, reorganizaciones empresariales y operaciones internacionales. Constituye uno de los anclajes prácticos más relevantes en M&A y planificación tributaria.

¿Qué riesgos cubre un buen programa de cumplimiento tributario?

Multas y reajustes tributarios, exclusión del régimen Pyme o Pro-Pyme, denegación de devoluciones, juicios ante el TTA, exposición penal por delitos tributarios (responsabilidad de la persona jurídica tras la Ley 21.595), exclusión del registro de contribuyentes para licitaciones del Estado y daño reputacional. Un programa bien diseñado reduce, en paralelo, las cinco capas de exposición.

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