Promulgación de la Ley
Publicación oficial de la Ley 21.719 en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024.
La Ley 21.719 es la nueva ley chilena de protección de datos personales, publicada el 13 de diciembre de 2024. Reemplaza el régimen de la Ley 19.628 e introduce una arquitectura regulatoria alineada con estándares internacionales como el RGPD, con obligaciones específicas de seguridad, transparencia y responsabilidad demostrable para las organizaciones que tratan datos personales en Chile.
Ocho principios vinculantes que requieren implementación mediante controles verificables
Requiere base legal válida y documentación que la acredite. El responsable debe demostrar cumplimiento (accountability).
Fines determinados, explícitos y lícitos. El tratamiento posterior se limita a estas finalidades declaradas.
Medidas técnicas y organizacionales apropiadas al riesgo. Notificación de brechas en 72 horas.
La ley organiza las obligaciones de cumplimiento en torno a principios rectores, derechos de los titulares, y deberes específicos del responsable del tratamiento.
La ley establece ocho principios que rigen el tratamiento de datos personales. Estos principios operan como obligaciones verificables que el responsable debe implementar y documentar.
Análisis detallado de cada principioLa ley reconoce derechos específicos exigibles mediante procedimientos formales. El responsable debe responder dentro de plazos establecidos.
Procedimientos de atención de derechosEl responsable debe cumplir obligaciones específicas: información clara, registro de actividades, medidas de seguridad y notificación de brechas.
Detalle de obligacionesEl Artículo 50 establece la obligación de designar un DPO para ciertos responsables. El DPO supervisa el cumplimiento y actúa como punto de contacto.
Requisitos y funciones del DPODerechos exigibles mediante procedimientos formales. Plazo de respuesta: 15 días hábiles.
Obtener confirmación sobre el tratamiento y acceder a los datos procesados.
Corregir datos inexactos o actualizar información incompleta.
Eliminar datos cuando cesa la finalidad o se retira el consentimiento.
Recibir datos en formato estructurado para transferencia a otro responsable.
Limitar decisiones basadas exclusivamente en procesamiento automatizado.
La ley establece un período de implementación gradual. La Agencia de Protección de Datos iniciará sus funciones en diciembre de 2026, momento en que entrará en vigor el régimen de fiscalización y sanciones.
Publicación oficial de la Ley 21.719 en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024.
Fase de preparación y desarrollo de reglamentos complementarios por parte de la autoridad.
Vigencia completa de la Ley 21.719 y funcionamiento de la Agencia de Protección de Datos.
Datos relevantes para la implementación de la normativa de protección de datos
El cumplimiento de la Ley 21.719 se estructura en obligaciones materiales del responsable, plazos legales acotados y un régimen sancionatorio escalado según gravedad.
Es la nueva ley chilena de protección de datos personales, publicada el 13 de diciembre de 2024. Reemplaza el régimen de la Ley 19.628 e introduce una arquitectura regulatoria alineada con estándares internacionales como el Reglamento General de Protección de Datos.
La Ley contempla un período de vacancia de 24 meses, por lo que su entrada en vigencia plena se produce el 1 de diciembre de 2026. Durante el plazo intermedio las organizaciones deben adecuar procesos y nombrar Delegados de Protección de Datos cuando corresponda.
Acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento. Los responsables deben atender las solicitudes en plazos legales y mantener registros de evidencia.
Es la figura responsable de supervisar el cumplimiento del marco normativo dentro de la organización, asesorar a la dirección y servir de punto de contacto con la Agencia. Su designación es obligatoria para responsables del sector público y para organizaciones que efectúen tratamientos a gran escala.
Multas que escalan según gravedad hasta 20.000 UTM por infracciones gravísimas. La Agencia de Protección de Datos Personales es la autoridad fiscalizadora, con potestad para imponer medidas correctivas y sanciones.
Principios de licitud, finalidad, calidad y seguridad; deber de información al titular; mantención de registros de actividades de tratamiento; análisis de impacto cuando corresponda; notificación de brechas a la Agencia; y nombramiento de DPO en los casos previstos.
Estas páginas profundizan en aspectos operativos del cumplimiento de la Ley 21.719 y su articulación con otras normativas chilenas.
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