Ley de Datos 21.719 / Principios Fundamentales

Principios Fundamentales del Tratamiento

Ocho principios que constituyen obligaciones legales vinculantes. Cada principio requiere controles específicos y documentación que acredite su cumplimiento. El incumplimiento puede derivar en responsabilidad administrativa.

Implementación Verificable

Los principios requieren traducirse en controles técnicos y organizacionales documentados. La fiscalización por parte de la Agencia incluye revisión de registros de consentimientos, logs de acceso, contratos con encargados, procedimientos de respuesta a incidentes, y evidencia de capacitación del personal.

Principios de Licitud y Lealtad

El tratamiento requiere una base legal válida que el responsable debe poder acreditar.

Bases Legales Aplicables

  • Consentimiento del titular
  • Ejecución contractual
  • Obligación legal
  • Interés legítimo del responsable
  • Interés público o autoridad pública

Documentación Requerida

  • Registro de bases legales aplicadas
  • Evidencia de consentimientos
  • Análisis de interés legítimo

Principio de Finalidad

Recolección para fines determinados, explícitos y lícitos. El tratamiento se limita a estos fines declarados.

Requisitos

  • Fines específicos al momento de recolección
  • Tratamiento limitado a fines declarados
  • Especificación clara en avisos de privacidad

Tratamiento para Fines Distintos

  • Fines compatibles con los originales
  • Nuevo consentimiento del titular
  • Cuando lo establezca la ley

Principio de Proporcionalidad

Recolección limitada a datos necesarios y pertinentes. Conservación solo por el tiempo requerido para los fines del tratamiento.

Minimización de Datos

  • Recolectar solo datos necesarios
  • Limitar a fines específicos
  • Definir plazos de conservación

Supresión o Anonimización

  • Eliminar al cumplirse los fines
  • Anonimizar como alternativa
  • Justificar conservación extendida

Principio de Calidad

Los datos deben ser exactos, completos, actuales y pertinentes en relación con su proveniencia y los fines del tratamiento.

Obligaciones de Mantenimiento

  • Verificación de exactitud en la recolección
  • Actualización periódica de datos
  • Corrección de inexactitudes detectadas

Gestión de Datos Obsoletos

  • Identificación de datos desactualizados
  • Supresión de datos irrelevantes
  • Procesos de validación regulares

Principio de Responsabilidad

El responsable debe demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas (accountability).

Implementación

  • Políticas y procedimientos documentados
  • Capacitación del personal
  • Auditorías de cumplimiento

Evidencia Requerida

  • Registro de actividades de tratamiento
  • Evaluaciones de impacto
  • Contratos con encargados

Principio de Seguridad

Medidas técnicas y organizacionales apropiadas al nivel de riesgo del tratamiento.

Medidas Técnicas

  • Cifrado de datos
  • Controles de acceso
  • Respaldos y recuperación

Medidas Organizacionales

  • Políticas de seguridad
  • Capacitación en ciberseguridad
  • Procedimientos de respuesta a incidentes

Principio de Transparencia e Información

Información clara, precisa y accesible sobre el tratamiento y los derechos del titular.

Contenido Obligatorio

  • Identidad del responsable y DPO
  • Fines y base legal del tratamiento
  • Derechos del titular y cómo ejercerlos

Forma de Entrega

  • Avisos de privacidad accesibles
  • Información por capas
  • Lenguaje claro y conciso

Principio de Confidencialidad

Deber de secreto para el responsable y quienes accedan a datos personales. Subsiste tras terminar la relación.

Sujetos Obligados

  • Personal interno
  • Encargados de tratamiento
  • Consultores y asesores

Implementación

  • Acuerdos de confidencialidad
  • Capacitación en deberes de reserva
  • Controles de acceso por rol

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los principios fundamentales de la Ley 21.719?

Licitud, lealtad y transparencia; limitación de la finalidad; minimización de los datos; exactitud; limitación del plazo de conservación; integridad y confidencialidad; y responsabilidad demostrada (accountability). Forman la base de todo tratamiento y su incumplimiento configura infracciones bajo el régimen de la Agencia.

¿Qué significa el principio de finalidad?

El tratamiento solo puede realizarse para fines determinados, explícitos y legítimos, comunicados al titular antes o al momento de recolectar los datos. Los datos no pueden tratarse después para finalidades incompatibles, salvo excepciones tasadas como archivo, investigación o estadística con garantías.

¿Qué exige el principio de proporcionalidad o minimización?

Los datos tratados deben ser adecuados, pertinentes y limitarse a lo necesario para los fines del tratamiento. Recolectar datos innecesarios o conservarlos más allá del plazo requerido constituye infracción y aumenta el riesgo ante incidentes de seguridad.

¿Cómo se cumple el principio de accountability?

Se cumple mediante documentación que demuestre el cumplimiento: registro de actividades, evaluaciones de impacto, políticas internas, capacitaciones, contratos con encargados y registros de incidentes y de respuestas a derechos de titulares. La carga probatoria recae sobre el responsable ante la Agencia.

¿Qué es el principio de transparencia?

El responsable debe informar al titular de forma clara, accesible y en lenguaje sencillo sobre el tratamiento, sus finalidades, base de licitud, destinatarios, plazos de conservación, derechos y autoridad ante la cual reclamar. La política de privacidad es el instrumento típico, aunque no el único.

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