Operadores de Importancia Vital | Anguita Osorio
Primer Procedimiento de Calificación según Resolución ANCI N°024. El estudio analiza los sectores estratégicos que requieren el mayor nivel de protección de ciberseguridad en Chile.
Operadores de Importancia Vital (OIV)
Primer Procedimiento de Calificación según Resolución ANCI N°024 - Marco de análisis para sectores estratégicos que requieren el más alto nivel de protección de ciberseguridad en Chile.
Esta página reúne lo esencial de los Operadores de Importancia Vital (OIV) de la Ley 21.663. Abre con un buscador para verificar si una entidad figura en las nóminas de la ANCI, y luego recorre el proceso de calificación y su marco legal, los sectores de la primera y la segunda etapa, los criterios de impacto que aplica la ANCI, las obligaciones que activa la calificación, el cronograma y los recursos administrativos disponibles. Al cierre están las preguntas frecuentes y las fuentes oficiales.
¿Su entidad está en la nómina de OIV?
La nómina oficial la publica y mantiene actualizada la ANCI. Consulte la lista vigente y las resoluciones de calificación aquí:
Consultar la nómina de OIV y las fuentes oficiales →
La calificación como OIV sigue un procedimiento reglado. Las secciones siguientes exponen cómo opera y qué obligaciones activa.
Primer Procedimiento de Calificación de Operadores de Importancia Vital (OIV)
Un Operador de Importancia Vital (OIV) es una entidad pública o privada calificada por la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) bajo la Ley 21.663, cuyo funcionamiento resulta indispensable para sostener actividades sociales y económicas críticas, y a la que se aplican obligaciones reforzadas en materia de ciberseguridad. La Resolución Exenta N°024 de 30 de mayo de 2025 dio inicio al primer procedimiento oficial de calificación, cumpliendo con el mandato del artículo primero transitorio del Reglamento DS N°285/2024. La Res. Exenta N°076/2025 modificó su calendarización y las Res. Exentas N°050/2025 y N°085/2026 aprobaron, respectivamente, las nóminas preliminares de la Primera y Segunda Etapa.
Proceso en Curso - Evaluación Activa
Ambas etapas del primer proceso de calificación están en curso. La nómina preliminar de la Segunda Etapa (Res. N°085/2026) se encuentra en consulta pública desde el 24 de abril de 2026 y podrá ser observada por las instituciones calificadas preliminarmente.
Requisitos Fundamentales para Calificación OIV
Para ser calificado como Operador de Importancia Vital, una entidad debe cumplir simultáneamente:
- Provisión de servicios dependiente de redes y sistemas informáticos
- Impacto significativo: La afectación, interceptación, interrupción o destrucción de sus servicios debe tener consecuencias significativas para la población o el funcionamiento del país
Ese procedimiento se apoya en un conjunto de leyes, reglamentos y resoluciones.
Marco Normativo de Empresas OIV: Leyes, Decretos y Resoluciones
El procedimiento de calificación de empresas OIV se rige por un conjunto articulado de normas, incluyendo las resoluciones que dan inicio y avance al primer proceso de calificación:
- Ley N°21.663: Marco de Ciberseguridad (artículos 5° y 6°)
- Decreto Supremo N°285/2024: Reglamento del procedimiento de calificación de OIV
- Resolución ANCI N°024/2025: Inicia el primer procedimiento y aprueba su calendarización (30-05-2025)
- Resolución ANCI N°050/2025: Aprueba la nómina preliminar de la Primera Etapa (D.O. 16-09-2025)
- Resolución ANCI N°076/2025: Modifica la calendarización e incorpora a la Segunda Etapa a entidades no incluidas en la primera nómina (14-11-2025)
- Resolución ANCI N°085/2026: Aprueba la nómina preliminar de la Segunda Etapa y abre consulta pública (D.O. 24-04-2026)
- Decreto con Fuerza de Ley N°1-21.663: Entrada en vigencia gradual
Revisión Periódica Obligatoria
Según el Artículo 6° de la ley, ANCI debe revisar y actualizar la calificación de operadores de importancia vital al menos cada 3 años, asegurando que la clasificación refleje la evolución del panorama de amenazas y la criticidad de los servicios.
La primera etapa de calificación abarcó los siguientes sectores.
Primera Etapa - Sectores Prioritarios (30 mayo 2025)
La Primera Etapa se inició el 30 de mayo de 2025 y su nómina preliminar fue publicada por la Res. Exenta N°050/2025 (D.O. 16-09-2025). Los sectores prioritarios son:
Sector Eléctrico
Generación, transmisión o distribución eléctrica, incluyendo el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional
Telecomunicaciones
Proveedores de servicios de telecomunicaciones críticos para la conectividad nacional
Infraestructura Digital
Servicios digitales y de tecnología de la información gestionados por terceros
Servicios Financieros
Banca, servicios financieros y medios de pago
Salud Institucional
Hospitales, clínicas, consultorios y centros médicos
Sector Público
Empresas públicas creadas por ley y organismos de la Administración del Estado
La segunda etapa amplió la nómina con nuevos sectores.
Segunda Etapa - Sectores Complementarios (iniciada 30 noviembre 2025)
La Segunda Etapa, iniciada el 30 de noviembre de 2025, abarca los siguientes sectores. La nómina preliminar fue aprobada por la Res. Exenta N°085/2026 (D.O. 24-04-2026) y actualmente se encuentra en consulta pública:
Combustibles
Transporte, almacenamiento o distribución de combustible
Agua y Saneamiento
Suministro de agua potable o saneamiento
Transporte
Terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo, así como operación de infraestructura
Concesionarios
Demás concesionarios de servicios públicos
Seguridad Social
Administración de prestaciones de seguridad social
Servicios Postales
Servicios postales y de mensajería
Farmacéutico
Producción y/o investigación de productos farmacéuticos
Detrás de esas nóminas sectoriales están los criterios de impacto que la ANCI pondera para calificar a una entidad.
Criterios para Evaluación de Impacto Significativo
La evaluación de impacto significativo considera múltiples dimensiones para determinar la criticidad nacional:
Número de Afectados
Cantidad de población potencialmente afectada por la interrupción del servicio
Redundancia del Servicio
Existencia de proveedores alternativos y su capacidad de sustitución
Capacidad Técnica Alternativa
Capacidad técnica y operativa de proveedores alternativos para cubrir la demanda
Tiempo de Respuesta
Tiempo necesario para que un proveedor alternativo comience a operar
Costos de Sustitución
Costos asociados con el cambio a un proveedor alternativo
Monoprovisión
Análisis de servicios donde existe un único proveedor o monopolio natural
Interdependencia
Dependencia de los servicios provistos entre sí o con otros servicios esenciales
Evaluación Dinámica y Contextual
Los criterios se evalúan de manera integral, considerando el contexto específico de cada servicio y su rol en el ecosistema nacional. No existe un umbral único, sino una evaluación cualitativa y cuantitativa que considera el impacto conjunto de todos los factores.
Una vez calificada, la entidad asume un conjunto definido de obligaciones.
Obligaciones de las Empresas OIV (Operadores de Importancia Vital)
Las empresas OIV calificadas como Operadores de Importancia Vital quedan sujetas a obligaciones específicas del Artículo 8°:
Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI)
- Implementación de un SGSI formal y documentado
- Marcos de referencia como ISO 27001 pueden servir de guía
- Revisión y actualización periódica
Planes Certificados
- Plan de Continuidad Operacional: Procedimientos para mantener operaciones críticas
- Plan de Ciberseguridad: Estrategias específicas de protección y respuesta
- Certificación obligatoria: Evaluación por terceros independientes
Delegado de Ciberseguridad
- Designación de responsable técnico especializado
- Funciones de coordinación con ANCI
- Supervisión de implementación de medidas
Evaluaciones y Simulacros
- Auditorías periódicas de ciberseguridad
- Simulacros de respuesta a incidentes
- Evaluaciones de continuidad operacional
Implicancias de Gobierno Corporativo
La calificación como OIV eleva significativamente las responsabilidades del directorio y la alta gerencia en materia de ciberseguridad, requiriendo asignación de recursos, supervisión activa y reportes regulares sobre el estado de cumplimiento.
Esas obligaciones se implementan de forma escalonada según un cronograma publicado.
Cronograma del Proceso de Calificación
- 30 Mayo 2025Inicio Primera Etapa
Se inicia el primer proceso de calificación de OIV (Res. Exenta N°024). Sectores prioritarios: Eléctrico, Telecomunicaciones, Digital, Financiero, Salud y Sector Público.
- 16 Septiembre 2025Nómina Preliminar Etapa 1
Publicación en el Diario Oficial de la Res. Exenta N°050/2025 que aprueba la nómina preliminar de la Primera Etapa e inicia su consulta pública.
- 14 Noviembre 2025Res. Exenta N°076/2025
Modifica la calendarización e incorpora expresamente a la Segunda Etapa a las entidades que prestan servicios esenciales calendarizados para la Primera Etapa pero que no fueron incluidas en la primera nómina preliminar.
- 30 Noviembre 2025Inicio Segunda Etapa
Inicio de la Segunda Etapa (Res. Exenta N°024 modificada por N°076). Sectores: Combustibles, Agua, Transporte, Concesionarios, Seguridad Social, Postal, Farmacéutico y ampliación de Etapa 1.
- 24 Abril 2026Nómina Preliminar Etapa 2
Publicación en el Diario Oficial de la Res. Exenta N°085/2026 que aprueba la nómina preliminar de la Segunda Etapa e inicia la consulta pública respectiva.
- 2028Primera Revisión
Revisión obligatoria cada 3 años según Artículo 6° de la ley
La entidad que discute su calificación cuenta con recursos administrativos disponibles.
Recursos Administrativos contra Resoluciones OIV
Las resoluciones de calificación como Operador de Importancia Vital son actos administrativos que pueden ser impugnados conforme a la normativa general sobre procedimiento administrativo.
Recursos Disponibles
- Recurso de Reposición: Ante la propia ANCI, dentro del plazo de 30 días desde la notificación de la resolución
- Recurso Jerárquico: Ante el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en subsidio del recurso de reposición
- Recurso de Protección: Ante la Corte de Apelaciones respectiva, cuando se vulneren garantías constitucionales
- Reclamo de Ilegalidad: Ante el Tribunal de Contratación Pública, según corresponda
Fundamentos de Impugnación
- Vicios de procedimiento: Incumplimiento de las etapas del procedimiento de calificación
- Error en los hechos: Incorrecta evaluación de los criterios de impacto significativo
- Falta de fundamentación: Resolución carente de motivación suficiente
- Desproporción: Calificación que excede los estándares legales o reglamentarios
Estrategia Procesal
La impugnación exitosa requiere análisis técnico especializado de los criterios de clasificación, evaluación de la evidencia presentada por ANCI y construcción de argumentos jurídicos que demuestren la incorrecta aplicación de los estándares normativos del DS N°285/2024.
Preguntas frecuentes
Las consultas más habituales sobre la calificación OIV y sus obligaciones.
¿Qué es un Operador de Importancia Vital (OIV)?
Es una entidad pública o privada calificada por la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) cuyo funcionamiento resulta indispensable para sostener actividades sociales y económicas críticas. La calificación se realiza mediante resolución fundada y entrega obligaciones reforzadas bajo la Ley 21.663.
¿Cómo se determina si una empresa es OIV?
La ANCI evalúa criterios objetivos como dependencia de terceros, masividad de usuarios, impacto sectorial y disponibilidad de sustitutos. La calificación procede por resolución fundada y se notifica formalmente a la entidad.
¿Qué obligaciones tienen los OIV?
Sistema de gestión de seguridad de la información, plan de continuidad operativa, reporte de ciberincidentes en plazos breves, evaluación periódica de riesgos y nombramiento de Delegado de Ciberseguridad. El cumplimiento es fiscalizado directamente por la ANCI.
¿Qué resoluciones han calificado OIV hasta la fecha?
La Resolución Exenta 50 de septiembre de 2025 calificó la primera lista (Etapa 1) y la Resolución Exenta 85 de abril de 2026 amplió la lista en la Etapa 2, incorporando nuevos sectores como salud, transporte y servicios sanitarios.
¿Qué pasa si una organización no cumple con su calificación de OIV?
La ANCI puede aplicar el régimen sancionatorio de la Ley 21.663, con multas y, en infracciones gravísimas reiteradas, suspensión de operaciones críticas. La Agencia también puede emitir instrucciones obligatorias específicas.
Fuentes oficiales
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