Invertir en Chile: lo que un inversionista extranjero obtiene por ley
Chile no somete la inversión extranjera a revisión previa; codifica sus derechos. La Ley 20.848 garantiza la repatriación del capital y las utilidades, el acceso al mercado cambiario formal y el trato igualitario, y desde 2027 la Ley de Reconstrucción suma una tasa corporativa menor y contratos de estabilidad tributaria de largo plazo.
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Un inversionista extranjero en Chile tiene cuatro derechos legales bajo la Ley 20.848: remesar capital y utilidades al exterior tras pagar impuestos, acceder al mercado cambiario formal, importar bienes de capital sin IVA en proyectos desde USD 5 millones, y recibir el mismo trato que un inversionista local. No existe aprobación previa general.
El marco: la Ley 20.848 y a quién cubre
Las definiciones importan, porque de ellas dependen el certificado y la exención de IVA.
La Ley 20.848 reemplazó en 2016 el sistema de contratos del DL 600 como marco de la inversión extranjera directa. Es inversionista extranjero toda persona natural o jurídica constituida en el extranjero, no residente ni domiciliada en Chile, que transfiere capitales al país (artículo 3). Es inversión extranjera directa una transferencia de USD 5 millones o más, en divisas de libre convertibilidad, bienes físicos, reinversión de utilidades, capitalización de créditos, tecnología capitalizable o créditos relacionados asociados a la inversión (artículo 2). También califica adquirir, dentro de esos montos, al menos el 10% del derecho a voto o del capital de una sociedad chilena.
El inversionista que califica puede pedir un certificado a InvestChile, la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, que debe emitirlo dentro de 15 días (artículo 4). El certificado es voluntario y su única finalidad declarada es acreditar el acceso al régimen. En la práctica es la llave que abre la exención de IVA que sigue, así que a la mayoría le conviene pedirlo una vez materializada la inversión.
Cuatro derechos legales
Son derechos escritos en la ley, no políticas ni prácticas.
- Repatriación (artículo 5): el derecho a remesar al exterior el capital transferido y las utilidades líquidas que genere, una vez cumplidas las obligaciones tributarias.
- Acceso cambiario (artículo 6): el derecho a usar el mercado cambiario formal tanto para liquidar la inversión como para obtener las divisas de la remesa, a un tipo de cambio libremente acordado. Estas operaciones quedan sujetas a las potestades generales del Banco Central (artículo 7).
- Bienes de capital sin IVA (artículo 8): exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 19% en la importación de bienes de capital destinados a proyectos que califiquen, bajo las condiciones que se explican abajo.
- Trato igualitario (artículo 9): el inversionista extranjero se sujeta al mismo régimen jurídico que el nacional, sin discriminación arbitraria directa ni indirecta.
La exención de IVA a bienes de capital, en la práctica
Un ahorro real de 19% en el capex del proyecto, con un procedimiento que premia la preparación.
La exención cubre bienes de capital importados para proyectos de USD 5 millones o más en minería, industria, sector forestal, energía, infraestructura, telecomunicaciones, investigación y desarrollo tecnológico, o ámbitos médicos y científicos, entre otros. El proyecto debe generar ingresos recién a los doce meses o más desde la internación de los primeros bienes de capital, que es justamente el perfil de una inversión greenfield. La solicitud se presenta al Ministerio de Hacienda; el inversionista extranjero debe acompañar el certificado de InvestChile. El Ministerio tiene 60 días para pronunciarse, y el silencio favorece al inversionista: si no resuelve a tiempo, la solicitud se entiende aprobada y la resolución debe emitirse dentro de cinco días hábiles. Los proyectos por etapas o ampliaciones extienden la exención original con una presentación simplificada.
Qué cambia en 2027
La Ley de Reconstrucción suma dos incentivos nuevos sobre el marco vigente.
| Incentivo | Qué hace | Umbral |
|---|---|---|
| Rebaja de tasa corporativa | La Primera Categoría baja por etapas de 27% a 23% entre 2027 y 2029 | Todas las empresas |
| Contratos de estabilidad tributaria | Congelamiento de las reglas tributarias por 10, 15 o 20 años, a cambio de un recargo de 1,5 puntos | USD 50M o más |
Ambos interactúan: el contrato de estabilidad congela las reglas vigentes a la fecha de la firma, y la tasa baja durante la misma ventana, así que elegir el momento de firmar es un ejercicio de modelación, no una formalidad. Cubrimos el cronograma en el análisis de la rebaja de tasa y el régimen contractual en nuestra guía de los nuevos contratos de estabilidad tributaria.
Sin revisión general, pero con puertas sectoriales
La fricción de una entrada a Chile es regulatoria, no de nacionalidad.
Chile no tiene un mecanismo general que revise o autorice la inversión extranjera antes de entrar. El certificado es opcional y la constitución de la sociedad sigue el derecho societario común. Las puertas reales son sectoriales y aplican a cualquier operador, local o extranjero: los giros fintech requieren registro ante la CMF según la Ley Fintec, el tratamiento de datos personales queda bajo el nuevo régimen de protección de datos, y los servicios esenciales cargan deberes de ciberseguridad. Qué marcos aplican a una entrada concreta es un ejercicio de mapeo que recorremos en cumplimiento regulatorio para empresas que entran a Chile.
Cómo se arma una entrada al mercado
Los derechos anteriores son el piso; las decisiones de estructura determinan el resultado.
Una secuencia típica: elegir el vehículo (SpA, Limitada o agencia), modelar la posición tributaria (tasa corporativa, Impuesto Adicional y créditos de convenio), planificar las primeras contrataciones bajo el derecho laboral chileno y, si el proyecto llega a USD 50 millones, evaluar un contrato de estabilidad antes de firmar nada. El certificado de USD 5 millones y la exención de IVA entran temprano en esa secuencia, porque ambos dependen de cómo y cuándo ingresa el capital.
Preguntas frecuentes
¿Existe un monto mínimo para invertir en Chile?
No. Cualquier persona puede invertir en Chile bajo las reglas comunes, por cualquier monto. USD 5 millones es el umbral para calificar como inversión extranjera directa según la Ley 20.848, que habilita el certificado de inversionista y la exención de IVA a bienes de capital. USD 50 millones es el umbral, distinto, de los contratos de estabilidad tributaria que rigen desde 2027.
¿Chile revisa o autoriza previamente la inversión extranjera?
No existe un régimen general de revisión ni de autorización previa. El inversionista extranjero entra por el derecho societario común, y el certificado de InvestChile es voluntario. Lo que sí existe son puertas sectoriales: los giros fintech requieren registro ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y los marcos de datos y ciberseguridad aplican por actividad, no por nacionalidad.
¿Puedo repatriar el capital y las utilidades?
Sí, como derecho legal. El artículo 5 de la Ley 20.848 garantiza la remesa del capital transferido y de las utilidades líquidas que genere, una vez pagados los impuestos que correspondan. El artículo 6 garantiza el acceso al mercado cambiario formal para liquidar la inversión y para obtener las divisas de la remesa, al tipo de cambio que las partes acuerden libremente.
¿Qué impuestos pagará la inversión?
La empresa paga el impuesto corporativo de 27%, que baja por etapas a 23% entre 2027 y 2029 según la Ley de Reconstrucción. Las utilidades remesadas al exterior soportan el Impuesto Adicional de 35%, con el impuesto corporativo como crédito, total o parcial según exista o no convenio de doble tributación. Nuestra guía de impuestos para una empresa extranjera explica la mecánica.
¿Qué es el certificado de InvestChile y lo necesito?
Es un certificado que emite InvestChile, la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, dentro de 15 días desde la solicitud, y que reconoce que una inversión de USD 5 millones o más califica bajo la Ley 20.848. Es voluntario, pero en la práctica se necesita: la solicitud de exención de IVA a bienes de capital debe acompañarlo.
¿Qué incentivos comienzan en 2027?
Dos, ambos de la Ley de Reconstrucción: la rebaja del impuesto corporativo de 27% hacia 23%, y los contratos de estabilidad tributaria para inversiones desde USD 50 millones, que congelan las reglas por 10 a 20 años a cambio de un recargo de 1,5 puntos. La exención de IVA a bienes de capital ya rige y no depende de 2027.
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