Chile trae de vuelta los contratos de estabilidad tributaria: qué obtiene el inversionista desde USD 50 millones

El artículo 29 de la Ley de Reconstrucción recrea el modelo de contrato con el Estado que desapareció con el DL 600: un congelamiento de 10 a 20 años de las reglas tributarias aplicables a grandes inversiones, suscrito con el Ministerio de Hacienda, al precio de un recargo de 1,5 puntos y obligaciones reales de transparencia.

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Estado
Aprobado por el Congreso y validado en su núcleo por el Tribunal Constitucional el 13 de agosto de 2026. La publicación se espera para septiembre; el estatuto rige desde el 1 de enero de 2027 (al 31 de agosto de 2026).

Las inversiones desde USD 50 millones en sectores calificados pueden firmar un contrato con el Estado de Chile que congela su carga impositiva efectiva total a la renta, y más, por 10, 15 o 20 años según el tamaño. El precio es un recargo de 1,5 puntos en la tasa corporativa. Es el primer régimen de su tipo desde el cierre del DL 600 en 2016.

El contrato y quién puede firmarlo

Es un contrato con el Estado, no un beneficio unilateral, y esa forma jurídica es el punto.

Firma el Ministerio de Hacienda en representación del Estado, previo informe de InvestChile (la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera), que actúa como canal y plataforma del inversionista. Son elegibles los inversionistas extranjeros del artículo 3 de la Ley 20.848, el marco de inversión extranjera directa, que inviertan al menos USD 50 millones en proyectos mineros, industriales, forestales, de energía, infraestructura, telecomunicaciones, investigación y desarrollo tecnológico, o médicos y científicos. Los inversionistas locales acceden al mismo régimen en las mismas condiciones, excluidos sus impuestos personales. Firmar el contrato no aprueba el proyecto: los permisos, la evaluación ambiental y la regulación sectorial siguen las reglas comunes.

La inversión comprende tanto capital como deuda efectivamente materializada en el proyecto, con un límite duro: la deuda relacionada no puede superar tres veces el capital propio tributario de la empresa, o se pierde la estabilidad.

Plazos: 10, 15 o 20 años desde la puesta en marcha

El plazo escala con el monto y corre desde el ejercicio en que el proyecto percibe sus primeros ingresos del giro principal, no desde la firma.

InversiónPlazo de estabilidad
USD 50M a menos de 100M10 años
USD 100M a menos de 350M15 años
USD 350M o más20 años

Qué congela el contrato

La línea de referencia es la tasa, base y elementos de los impuestos vigentes a la fecha del contrato.

  • La carga impositiva efectiva total a la renta sobre la inversión acogida, equivalente a las reglas vigentes a la fecha del contrato.
  • El IVA y el régimen arancelario de la importación de bienes de capital, congelados mientras dure la materialización de la inversión pactada.
  • Las interpretaciones del SII vigentes a la firma sobre depreciación, arrastre de pérdidas y gastos de puesta en marcha, más la autorización de contabilidad en moneda extranjera cuando se otorgue.
  • En proyectos exportadores, las normas sobre el derecho a exportar libremente.
  • En minería: el royalty de la Ley 21.591 tal como rige a la firma, inmunidad frente a nuevos tributos o cargas específicos a la minería, y el régimen de patentes mineras.

El congelamiento no es un escudo contra todo: las normas generales antielusión aplican íntegramente, y la estabilidad no puede usarse para reducir la tributación mediante estructuras sin sustancia económica.

El precio y las condiciones

La estabilidad se compra, y las obligaciones están diseñadas para ser fiscalizadas.

  • Un recargo de 1,5 puntos porcentuales sobre la tasa de Primera Categoría fijada en el contrato.
  • Estados financieros anuales auditados, presentados trimestral y anualmente ante la CMF junto con una memoria de propiedad; incumplir la entrega hace caducar el régimen para la empresa y todos sus inversionistas.
  • Contabilidad separada del proyecto acogido, con asignación de utilidades acordada con Hacienda al momento de la firma.
  • Declaración al postular del impacto estimado en empleo, encadenamientos productivos y, cuando corresponda, un plan de relacionamiento territorial; las reorganizaciones empresariales deben informarse.
  • Salida única: el inversionista puede renunciar una sola vez, en forma definitiva, y pasar al régimen común. La estabilidad se pierde por condena firme por delito tributario o por aplicación de las normas antielusión.

Controversias: mediación y luego arbitraje

La cláusula de controversias es parte de lo que hace creíble el contrato para un directorio extranjero.

Las controversias sobre interpretación, aplicación, validez o terminación del contrato van primero a mediación ante InvestChile, compareciendo como parte el organismo estatal respectivo. Si la mediación fracasa, el inversionista puede exigir arbitraje, cuyos términos debe definir el contrato. La reserva importa: el arbitraje no alcanza las facultades legales de fiscalización, interpretación y liquidación del SII, que permanecen ante los tribunales ordinarios; mientras corre un arbitraje, se suspenden los plazos de prescripción vinculados.

Qué cambió el Tribunal Constitucional

El régimen sobrevivió a su impugnación constitucional en el núcleo, con un perímetro más acotado.

El 13 de agosto de 2026 el Tribunal resolvió los requerimientos de la oposición y validó los contratos de estabilidad en sí. Según el acuerdo comunicado, suprimió la cláusula abierta de la lista de sectores, la facultad de Hacienda de extender el plazo de internación de capitales en circunstancias calificadas y la extensión de la estabilidad a proyectos conexos. La sentencia y el texto publicado en el Diario Oficial fijarán el perímetro exacto; mientras tanto, la planificación debe apoyarse en el núcleo descrito aquí y dar por eliminadas las extensiones suprimidas.

El momento: el congelamiento se cruza con la rebaja

La misma ley rebaja la tasa corporativa, y la interacción premia modelar antes de firmar.

El congelamiento toma las reglas vigentes a la fecha del contrato, y la propia Ley de Reconstrucción rebaja la Primera Categoría gradualmente de 27% hacia 23% entre 2027 y 2029 (vea el cronograma de tasas). Firmar temprano compra certeza a una tasa de referencia más alta; esperar fija la tasa menor pero deja expuesto el intertanto. En la mayoría de los proyectos manda la fecha de puesta en marcha, porque el reloj de 10 a 20 años corre desde los primeros ingresos del giro. Este análisis pertenece a la estructura de entrada completa: forma societaria, mezcla de financiamiento frente al límite de deuda relacionada de 3 a 1, y el tratamiento tributario común de una empresa extranjera en Chile como línea base contra la cual se mide el contrato.

Preguntas frecuentes

¿Es la vuelta del DL 600?

En lo sustantivo, sí: es el primer régimen general de contratos de estabilidad tributaria desde que Chile cerró el DL 600 a nuevos contratos en 2016. El artículo 29 de la Ley de Reconstrucción recrea el modelo de contrato con el Estado, suscrito por el Ministerio de Hacienda, con plazos mayores (10 a 20 años) y un congelamiento más amplio, a cambio de un recargo de 1,5 puntos en la tasa de Primera Categoría.

¿Quién califica y desde cuándo?

Inversionistas extranjeros según el artículo 3 de la Ley 20.848 que inviertan al menos USD 50 millones en sectores calificados, y también inversionistas locales en las mismas condiciones (excluido su impuesto global complementario). El estatuto rige desde el 1 de enero de 2027 o desde la vigencia de la ley si fuera posterior, y varios reglamentos de Hacienda deben dictarse dentro de seis meses desde la publicación.

¿Qué se congela exactamente?

La carga impositiva efectiva total a la renta sobre la inversión acogida, según las reglas vigentes a la fecha del contrato; el IVA y el régimen arancelario de la importación de bienes de capital durante el período de inversión; las interpretaciones del SII sobre depreciación, arrastre de pérdidas y gastos de puesta en marcha; y, en proyectos mineros, el royalty, las patentes mineras y cualquier nuevo tributo específico a la minería. Las normas antielusión generales siguen aplicando.

¿Cuánto cuesta la estabilidad?

Un recargo de 1,5 puntos porcentuales sobre la tasa de Primera Categoría fijada en el contrato, más obligaciones reales: estados financieros auditados ante la CMF, contabilidad separada del proyecto acogido, declaración de impacto en empleo y encadenamientos, e información de reorganizaciones empresariales. La estabilidad se pierde por condena firme por delito tributario o por aplicación de las normas antielusión.

¿Cómo interactúa el momento de la firma con la rebaja de impuestos?

El congelamiento toma las reglas vigentes a la fecha del contrato, y la misma ley rebaja gradualmente la Primera Categoría de 27% hacia 23%. Un contrato firmado temprano fija una tasa de referencia más alta que uno firmado con la rebaja ya aplicada. En proyectos con puesta en marcha larga, modelar la fecha de firma contra el cronograma de tasas es parte de la decisión.

¿Qué pasa si surge una controversia con el Estado?

El contrato debe canalizar las controversias a mediación ante InvestChile (la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera) y, si la mediación fracasa, a arbitraje. El arbitraje cubre la interpretación, aplicación, validez y terminación del contrato; no alcanza las facultades legales de fiscalización y liquidación del SII, que siguen ante los tribunales ordinarios.

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