Ley 19.628: la ley de datos vigente y cómo la reescribe la Ley 21.719

Publicada en 1999, la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada sigue siendo la ley que rige los datos personales en Chile. Saber qué exige hoy, y qué exigirá su reescritura mañana, es la diferencia entre cumplir la ley vigente y prepararse para la que viene.

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La Ley 19.628 rige hoy en su versión actual. Las modificaciones de la Ley 21.719 entran en vigencia el 1 de diciembre de 2026; un proyecto en el Senado (boletín 18.623-07, con urgencia suma) las postergaría al 1 de diciembre de 2027 (al 4 de septiembre de 2026).

La Ley 19.628, de 1999, es la ley de datos personales que rige hoy en Chile: exige autorización legal o consentimiento para tratar datos, reconoce los derechos de acceso, rectificación, cancelación y bloqueo, y se hace valer ante los tribunales civiles. La Ley 21.719 la reescribe con principios, una Agencia y multas de hasta 20.000 UTM.

Qué regula hoy la Ley 19.628

La ley ordena el tratamiento de datos personales en cinco partes: la utilización de datos personales (Título I), los derechos de los titulares (Título II), la comunicación de obligaciones económicas, financieras, bancarias y comerciales (Título III), el tratamiento por organismos públicos (Título IV) y la responsabilidad por infracciones (Título V). Su modelo de fiscalización es judicial: si el responsable ignora o niega una solicitud, el titular recurre al juez de letras en lo civil por el procedimiento del artículo 16, y el artículo 23 agrega la indemnización del daño patrimonial y moral causado por el tratamiento indebido.

El Título III explica el apodo popular de la norma, la "Ley DICOM". Los artículos 17 y 18 definen qué obligaciones impagas pueden informarse a los boletines comerciales (letras, pagarés y cheques protestados, e incumplimientos de ciertos mutuos) y fijan dos límites duros: no se informa pasados cinco años desde que la obligación se hizo exigible, y no se sigue informando una deuda pagada o extinguida.

La reescritura: Ley 19.628 antes y después de la Ley 21.719

La Ley 21.719 no deroga la Ley 19.628: la modifica y conserva el número. Lo que cambia es el fondo de casi todas las reglas que le importan a una empresa.

DimensiónLey 19.628 hoySegún la Ley 21.719
AutoridadNo existe: solo tribunales civiles (artículo 16)Agencia de Protección de Datos Personales, con facultades de fiscalización y sanción
SancionesIndemnización de perjuicios; sin multas administrativas generalesMultas de hasta 5.000 / 10.000 / 20.000 UTM y un registro público de sanciones
Bases de licitudAutorización legal o consentimientoCatálogo moderno: consentimiento, contrato, obligación legal, interés legítimo y otras (artículos 12 y 13)
DerechosAcceso, rectificación, cancelación y bloqueoConjunto ampliado, incluidas oposición y portabilidad, con plazos de respuesta
Deberes de la empresaSecreto y calidad de los datos, con poca especificaciónInformación, seguridad, notificación de brechas, evaluaciones de impacto, delegado de protección de datos (DPO) y modelo de prevención voluntarios

El nuevo régimen completo está mapeado en nuestra guía de la Ley 21.719, las infracciones exigibles en sanciones y multas, y lo que debe estar operativo a la entrada en vigencia en la guía del plazo.

El período de doble régimen

Mientras las modificaciones no entren en vigencia, las empresas viven bajo la Ley 19.628 actual y se preparan para su versión reescrita. La fecha vigente hoy es el 1 de diciembre de 2026, y un proyecto del Gobierno en el Senado (boletín 18.623-07, ingresado con urgencia suma) la movería al 1 de diciembre de 2027. La lectura práctica no cambia con el calendario: el inventario de tratamientos, las bases de licitud y los procedimientos de derechos que exige la nueva versión toman meses en construirse, y la versión actual ya castiga el tratamiento indebido por la vía indemnizatoria.

Preguntas frecuentes

¿La Ley 19.628 sigue vigente?

Sí. La Ley 19.628, sobre protección de la vida privada, es la ley de datos personales que rige hoy en Chile, en su versión actual. La Ley 21.719 la reescribe en profundidad, pero esas modificaciones entran en vigencia el 1 de diciembre de 2026, con un proyecto en el Senado (boletín 18.623-07, con urgencia suma) que las postergaría al 1 de diciembre de 2027.

¿La Ley 21.719 deroga la Ley 19.628?

No la deroga: la modifica. La Ley 21.719 conserva el número 19.628 y reemplaza gran parte de su contenido, incorporando principios, bases de licitud, nuevos derechos, deberes del responsable, la Agencia de Protección de Datos Personales y un régimen de multas. Por eso las citas modernas dicen "Ley 19.628 según la Ley 21.719".

¿Qué ley aplica hoy a mi empresa?

Hoy aplica la Ley 19.628 en su versión actual: tratamiento con autorización legal o consentimiento, derechos de acceso, rectificación, cancelación y bloqueo, y reclamo ante el juez de letras en lo civil (artículo 16). No existe todavía una autoridad administrativa que fiscalice ni multas administrativas generales. Ese régimen cambia por completo con la entrada en vigencia de las modificaciones de la Ley 21.719.

¿Por qué la llaman "Ley DICOM"?

Porque su Título III regula la comunicación de obligaciones económicas, financieras, bancarias y comerciales, la información que alimenta los boletines comerciales. Los artículos 17 y 18 fijan qué documentos pueden informarse (protestos de letras, pagarés y cheques, incumplimientos de mutuos, entre otros) y prohíben comunicar deudas pagadas o exigibles hace más de cinco años.

¿Cuándo cambia el régimen?

Las modificaciones de la Ley 21.719 entran en vigencia el 1 de diciembre de 2026. El Gobierno ingresó al Senado un proyecto que mueve esa fecha al 1 de diciembre de 2027 (boletín 18.623-07, con urgencia suma); mientras no se apruebe y publique, rige la fecha de 2026. Los deberes de fondo no cambian con la postergación: cambia cuándo comienza la fiscalización.

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